¿Qué tipos de MASC existen?

La Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha venido para quedarse. Y trae consigo un cambio en la concepción de la negociación previa, especialmente porque se ha convertido en un requisito de procedibilidad. Es decir que, de forma previa a la interposición de una demanda, en la mayoría de casos, es necesario acreditar que se ha tratado de llegar a un acuerdo.

Decimos que es obligatorio en la mayoría de los casos como ya explicamos en en este post donde abordamos en qué casos había que acudir a un proceso de negociación a través de un MASC.

Ahondado en el tema propuesto sobre qué tipo de MASC partimos de la regulación prevista en la Ley Orgánica 1/2025, y que son los siguientes.

1. Mediación

La mediación recogida en la Ley 1/2025 no es novedosa en sí misma. Especialmente porque nos deriva a lo regulado ya en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Proceso estructurado donde las partes, asistidas por un mediador buscan llegar a un acuerdo consensuado.

  • Características principales:
    • Voluntariedad de participación.
    • Neutralidad e imparcialidad del mediador.
    • Acuerdo en el nombramiento del mediador.
    • Confidencialidad absoluta del proceso y documentos.
    • Posibilidad de realizarse mediante medios telemáticos.
    • Los acuerdos pueden elevarse a escritura pública o ser homologados judicialmente, adquiriendo carácter ejecutivo.

2. Conciliación

Es el tradicional acto de conciliación regulado en la Ley de Jurisdicción voluntaria (el judicial). A su vez existe la mediación notarial y registral.

  • Características principales:
    • Puede ser judicial (ante el Letrado de la Administración de Justicia), notarial o registral.
    • Las partes pueden acudir asistidas por abogados.
    • Debe realizarse con carácter confidencial.

3. Conciliación Privada

Como novedad se crea la Conciliación Privada como un MASC. La propuesta de nombramiento al conciliador puede partir de mutuo acuerdo o dei una de las partes.

  • Se realiza a través de un conciliador que puede ser ante una persona inscrita como ejerciente en uno de los colegios profesionales de la abogacía, procura, graduados sociales, economistas o cualquier otro colegio válido.
  • Acompaña en el proceso con sesiones explicativas.
  • Conoce de la materia

4. Opinión neutral de un experto independiente

Es uno de los MASC creados por la Ley Orgánica 1/2025. Una especie de “perito” no obstante, el informe que emite no es vinculante.

  • Características principales:
    • Requiere una designación consensuada.
    • Un experto neutral analiza el caso y ofrece una opinión objetiva sobre la controversia.
    • No es vinculante salvo acuerdo de las partes.
    • Ayuda a clarificar las posturas y promueve una solución negociada más fundamentada en criterios objetivos técnicos o legales.
    • Las partes conservan la libertad de aceptar o rechazar esta opinión, manteniendo la confidencialidad.

5. Oferta vinculante confidencial

Otro de los MASC creados: Una de las partes, generalmente quien tenga interés en demandar, formula unilateralmente una propuesta de resolución del conflicto de forma vinculante y confidencial.

  • Características principales:
    • Obliga al oferente en caso de aceptación por la contraparte.
    • Debe acreditarse su envío y recepción por la otra parte, siendo confidencial su contenido.
    • Cumple automáticamente con el requisito de procedibilidad si la oferta no es aceptada en un plazo determinado.
    • Obligatoriedad de asistencia letrada, excepto para asuntos inferiores a 2.000 euros​La oferta vinculante co….

6. Derecho colaborativo:

Negociación estructurada donde ambas partes son asistidas por sus abogados y eventualmente por expertos neutrales.

  • Características principales:
    • Las partes y abogados asumen compromisos de negociación con transparencia y buena fe.
    • Renuncia expresa de los abogados a representar a las partes en juicio si la negociación no prospera.
    • Se centra en intereses y no en posiciones enfrentadas.

7. Actividad negociadora directa entre partes o entre abogados

La negociación tradicional entre letrados, pero puede surgir dificultad a la hora de acreditar la negociación.

  • Características principales:
    • No exige necesariamente intervención de terceros.
    • Debe existir documentación que acredite el intento real y efectivo de negociación.
    • Es igualmente confidencial y debe realizarse en buena fe.

A parte de todas las anteriores se permite la utilización de cualquier otro tipo de negociación reconocida específicamente en una norma sectorial como mecanismo válido de MASC.

Desde LexNeutral estamos trabajando en una Plataforma MASC que verá pronto la luz par facilitar la gestión de este tipo de expedientes.

Comentarios

2 respuestas a «¿Qué tipos de MASC existen?»
  1. […] Ya abordamos en un artículo en qué casos era obligatorio acudir a un MASC antes de interponer la correspondiente demanda. Y también explicamos los distintos tipos de MASC que se regulan. […]

  2. […] Para abordarlo de la mejor forma posible y divulgar al máximo el contenido de la los MASC y acreditar el cumplimiento de los requisitos en cada uno de los tipos de MASC que se regulan en el artículo 2 y explicamos aquí. […]

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