La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero ha supuesto un antes y un después en el acceso a la justicia civil y mercantil en España. A partir del 3 de abril de 2025, ya no será posible interponer una demanda sin haber intentado previamente un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC). Pero hay un detalle técnico que muchos están pasando por alto: la forma en que se realizan esas comunicaciones puede condicionar su validez procesal.
Desde LEXNEUTRAL, como plataforma especializada en la gestión y certificación de ofertas vinculantes confidenciales, advertimos: si quieres que tu empresa o despacho esté preparado para esta nueva realidad legal, necesitas actualizar tus contratos incluyendo una cláusula que autorice expresamente las comunicaciones electrónicas en el marco de un MASC.
¿Qué exige la LO 1/2025?
El artículo 5 de la nueva ley establece que, en la mayoría de litigios civiles, acudir a un MASC será un requisito de procedibilidad obligatorio, es decir, un paso previo ineludible para que los tribunales admitan a trámite una demanda.
El artículo 17, por su parte, regula una de las herramientas más útiles y rápidas para cumplir con este requisito: la oferta vinculante confidencial, que se formula de manera unilateral a la otra parte, y cuya mera remisión, si se hace correctamente, permite acceder a los tribunales.
Y aquí viene la clave: el artículo 8 permite que estas actuaciones se desarrollen por medios electrónicos, siempre que quede garantizada la identidad de los intervinientes y la trazabilidad de las comunicaciones y especialmente porque sea una vía habitual de comunicación de los clientes o, incluso, que se indique expresamente tal posibilidad. De ahí la necesidad de incluir la cláusula MASC en cualquier contrato.,.
¿Qué puede pasar si no incluimos una cláusula MASC en el contrato?
La remisión de una oferta vinculante o la solicitud de negociación previa por email, sin una autorización contractual previa y sin mecanismos de certificación, puede ser impugnada por la otra parte alegando falta de consentimiento o irregularidades en la comunicación. Esto puede derivar en la inadmisión de la demanda o en costosos recursos para acreditar que se cumplió el requisito.
Puediera ser que considerasen que el intento de negociación no es válido por haberse hecho mediante comunicación electrónica sin haberlo designado las partes.
La solución es preventiva: incorporar una cláusula clara en todos los contratos que prevea expresamente la posibilidad de comunicaciones electrónicas seguras en el marco de un MASC.
Modelo de cláusula MASC
Aquí un ejemplo para incluir en contratos de arrendamiento, compraventa, prestación de servicios o cualquier documento que pueda ser objeto posterior de algún tipo de controversia (es decir prácticamente todos).
«De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 8 y 17 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, las partes acuerdan expresamente que cualquier actuación relativa a un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) —incluida, en su caso, la remisión y aceptación de una oferta vinculante confidencial como requisito de procedibilidad para el acceso a la jurisdicción civil o mercantil— podrá llevarse a cabo mediante medios electrónicos, incluida la videoconferencia, el correo electrónico o plataformas digitales que permitan dejar constancia de la identidad de los intervinientes, la integridad del contenido y la fecha de remisión y recepción. Dejando designados expresamente los correos electrónicos incluidos en el presente contrato designados para remitir las comunicaciones.
Asimismo, ambas partes consienten que dichas comunicaciones electrónicas surtan plenos efectos jurídicos, siempre que se garantice su autenticidad y trazabilidad, de acuerdo con la normativa vigente en materia de servicios de confianza electrónica. En particular, se considerará válida la utilización de un tercero de confianza que acredite fehacientemente la remisión, recepción e identidad de los intervinientes.”
¿Cómo te ayuda LEXNEUTRAL?
En LEXNEUTRAL no solo certificamos tu oferta vinculante de forma segura y trazable, sino que ofrecemos:
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