Criterios MASC Requisito de Procedibilidad Jueces de Granada capital.

La Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Granada, celebrada el 27 de marzo de 2025, ha fijado criterios interpretativos esenciales sobre la aplicación práctica de la Ley Orgánica 1/2025, especialmente en relación con el requisito de procedibilidad previsto en su artículo 5. Esta orientación es clave para despachos y profesionales del Derecho, ya que afecta directamente a la admisión de las demandas civiles.

A continuación, sintetizamos los principales criterios adoptados.

1. Reclamaciones por accidentes de tráfico

Se admite que la reclamación previa exigida por el artículo 7 de la LRCSCVM puede considerarse un medio adecuado de solución de controversias (MASC) conforme a la LO 1/2025. No obstante, si desde esa reclamación previa transcurre más de un año sin interponer demanda, se entiende caducado el requisito de procedibilidad y será necesario realizar una nueva reclamación o utilizar otro MASC.

Además, si se demanda también al conductor, al propietario o al asegurado, se exige haber intentado una negociación previa con cada uno de ellos.

2. Subsanación de la demanda

El defecto de acreditación del MASC solo podrá ser subsanado si en la demanda se hace mención expresa al intento de actividad negociadora previa o a su imposibilidad, conforme al artículo 264.4 de la LEC. Si no se incluye mención alguna, la demanda será inadmitida sin posibilidad de subsanar.

3. Procedimientos monitorios

Se concluye que el procedimiento monitorio no está exceptuado del cumplimiento del requisito de procedibilidad, por lo que también requiere acreditar el intento de un MASC conforme a la Ley Orgánica 1/2025.

4. Acreditación de la recepción

No basta con acreditar el envío de la propuesta de negociación. Se debe probar que la parte contraria ha recibido efectivamente la invitación a negociar. Alternativamente, deberá justificarse que la falta de recepción le es imputable, por ejemplo, por haber rechazado el envío o por imposibilidad objetiva de localizar su domicilio.

5. Demandas contra ignorados ocupantes

Incluso en este tipo de demandas se exige aplicar las reglas generales del artículo 399.3 de la LEC, lo que implica acreditar el intento de negociación previa o la imposibilidad de realizarla.

6. Reconvención y litisconsorcio sobrevenido

No se exige el cumplimiento del requisito de procedibilidad para la demanda reconvencional ni en los casos de litisconsorcio pasivo sobrevenido, por resultar incompatible con los plazos del proceso.

7. Reclamaciones de productos financieros no hipotecarios

En reclamaciones por tarjetas revolving, préstamos personales, microcréditos o productos similares, la reclamación extrajudicial previa exigida por el artículo 439.3 de la LEC solo puede considerarse MASC si se trata de una ejecución hipotecaria. En el resto de supuestos, será obligatorio acreditar un MASC según la LO 1/2025, como una oferta vinculante confidencial o una mediación válida.

Lee más sobre los MASC y las reclamaciones de consumo.

Los jueces de Granada han puesto de manifiesto que el requisito de procedibilidad no es un simple trámite formal, sino una exigencia sustantiva que, de no cumplirse adecuadamente, puede dar lugar a la inadmisión de la demanda. Esta nueva realidad procesal exige a los profesionales del Derecho adoptar herramientas que aseguren la trazabilidad, validez y acreditación fehaciente del intento de negociación previa.

LEXNEUTRAL permite gestionar ofertas vinculantes confidenciales con plena validez legal, garantizando su firma, trazabilidad, confidencialidad y prueba de entrega. Una solución tecnológica adaptada a este nuevo marco legal que facilita el cumplimiento del requisito de procedibilidad con seguridad jurídica.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *